DE LA CONSTITUCIÓN (2/5) PESOS Y CONTRAPESOS 

Para entender por qué lo que se propone en al capítulo económico de la Constitución, sobre todo artículos 25 al 28, es económicamente ineficaz (aumenta la escasez y disminuye el bienestar), y éticamente injusto (viola los derechos a la libertad individual y a la propiedad privada), hay que entender qué es el mercado y qué es la economía de mercado.

El mercado es la relación de intercambio entre compradores y vendedores, cuyo origen es la división del trabajo, que divide a los agentes económicos en dos grupos, oferentes y demandantes, entre quienes, si se ponen de acuerdo en torno al precio, se dará el intercambio, convirtiéndose el oferente en vendedor y el demandante en comprador. El acuerdo en torno al precio, y todo lo que dicho acuerdo supone, es lo que hace posible el intercambio. Si el mínimo precio al que el oferente está dispuesto a vender es mayor que el máximo precio al que el demandante está dispuesto a comprar no habrá acuerdo y tampoco intercambio.

Si el precio hace posible el intercambio, la propiedad lo hace justo. ¿Qué es lo único que, con justicia, respetando los derechos de los demás, puede ofrecerse a la venta? Lo que es nuestro, aquello sobre lo cual tenemos el derecho de propiedad.

El intercambio, el mercado, tiene dos dimensiones. La económica, que implica el intercambio de propiedades, por ejemplo: $21.50, propiedad del comprador, por 355 mililitros de café, propiedad del vendedor. La jurídica, que implica el intercambio de derechos de propiedad, por ejemplo: el derecho de propiedad sobre $21.50 por el derecho de propiedad sobre 355 mililitros de café. En el mercado se intercambian propiedades (dimensión económica), y derechos de propiedad (dimensión jurídica).

¿Cuál es el resultado del mercado? Un bien común. Bien porque ambas partes GANAN. Común porque AMBAS partes ganan. Ello es así porque cada una valora más lo que recibe que lo que da a cambio. El comprador valora más los 355 mililitros de café que recibe, que los $21.50 pesos que da a cambio, y por lo tanto que cualquier otra opción de compra o ahorro a la que podría haberlos destinado. El vendedor valora más los $21.50 que recibe, que los 355 mililitros de café que da a cambio, y por ello la opción de compra o ahorro a los que los destinará.

Para que haya mercado, para que se dé el intercambio entre compradores y vendedores, debe poder ejercerse la libertad individual y usarse la propiedad privada, uso y ejercicio que solamente el gobierno puede limitar o prohibir, algo frecuente, no en el comercio intranacional (entre personas de la misma nacionalidad), sino en el internacional (entre personas de distinta nacionalidad), lo cual es económicamente ineficaz, porque aumenta la escasez y reduce el bienestar, y éticamente injusto, porque viola los derechos a la libertad individual y a la propiedad privada (como veremos con más detalle en una próxima entrega).

El mercado, el intercambio comercial, implica el ejercicio de la libertad individual para comprar y vender, libertad que siempre se ejercita sobre algún tipo de propiedad privada: los $21.50 del comprador de café y los 355 mililitros de café del vendedor, compra/venta cuyo resultado es, y esto es lo más importante, un bien común, un juego de suma positiva, por el cual ambas partes ganan, aunque no necesariamente en la misma proporción.

Continuará.

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3 de febrero de 2024