Derecho tergiversado, desmitificando, “Derecho a la revolución“.

JosueS
Josué Segura

En este sexenio que hemos venido arrastrando, se han escuchando un sin fin de incongruencias por parte de algunos seguidores de Obrador, ese cierto grupo de izquierda; una de tantas cosas que han querido hacer, pero sin fundamento es que, poyándose del Artículo 39 Constitucional, cambiar el rumbo nuestro país, a través de la “revolución”, quitar al ejecutivo, pero ¿Por qué hacen uso de dicho artículo? Primero, a la letra, dice: “…El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”. Cierto, pero RESPETANDO los cauces institucionales, el Estado de Derecho y la propia Constitución, o sea tal artículo NO debe entenderse como que “otorga” el derecho de sublevarse si así se quiere.
En fin, el contenido de este precepto se complementa y refuta también con el Artículo 41 constitucional, ya que expresa que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de competencia de éstos y por los de los Estados en cuanto a sus regímenes interiores, sin que las constituciones de éstos puedan contravenir el Pacto Federal. No se trata, de una soberanía que pueda ejercer el pueblo de manera directa, sino que lo hace a través de sus legítimos representantes; por eso nuestra democracia es “indirecta”. Y en ejercicio de esa soberanía el pueblo mexicano lo expresa (Artículo 40 Constitucional) en su voluntad de organizarse como una república representativa, democrática y federal.
Observemos, pues, una incorrecta apreciación del Artículo 39, al considerar que éste otorga al pueblo un derecho a la revolución, lo cual es falso.
Aquellos que piensan que la Constitución amparará cualquier sublevación armada o estallido social, simplemente están en un error. Hay dos conceptos que emplea el Derecho Constitucional, Derecho a la revolución, y Derecho de la revolución. En ambos, la única diferencia parece ser la letra “a” y la preposición “de” ¿Y qué diferencia hay entre ambos?
1.- El Derecho a la revolución, remite a un derecho “moral” de librarse de sus tiranos.
2.- A su vez, el Derecho de la revolución, implica un derecho escrito, que para nuestro caso no reconoce la Constitución Mexicana (De hecho ninguna constitución en el mundo, únicamente la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual señala: “Considerando esencial que los Derechos Humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y opresión…”).
Ahora veamos el artículo 29, que puntualiza “en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto”, el presidente de la República “podrá suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación”, en otras palabras, si el pueblo se levanta en insurrección, el Estado podrá, digamos, establecer toque de queda y eliminar sus derechos como individuo, en tanto el orden y la paz pública se restablezcan. Por último, el artículo 136, Principio de Inviolabilidad, de la Constitución: “Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público, se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta”.
¿Qué significa todo lo anterior? Que si a algunos se les ocurre levantarse en armas, tendrán tal vez el legítimo derecho, mas no contarían con respaldo alguno de la  Constitución.
En conclusión el Derecho a la Revolución NO EXISTE expresamente en nuestra constitución aunque para algunos es un derecho difuso y de presentarse, pensemos las posibles consecuencias graves que traería: La salida del Ejército, Armada y Fuerza Aérea a las calles (para dar garantía de orden contra dicha amenaza hacia el Estado). Además de presentarse una fuga de capitales, que empresas de este país o transnacionales, tengan que irse, negocios se verían forzados a cerrar, aunado a que los precios de los productos básicos sean más caros y por tanto difíciles de adquirir y agregue usted cuanta desgracia pueda imaginarse.
Entonces ¿No es contraproducente? Sólo para instaurar la verdadera tiranía, la de la izquierda…
“Josué Segura, miembro fundador de México Libertario, estudiante de Derecho en la UNAM, colaborador en publicaciones, crítico político liberal.”
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