PESOS Y CONTRAPESOS. ART. 131

Los aranceles han puesto sobre la mesa el tema del libre comercio, referido al comercio exterior, el que se da, exportando e importando, entre personas de distinta nacionalidad.

El tema del libre comercio nos da la oportunidad de analizar el segundo párrafo del artículo 131 constitucional, que trata de las facultades del presidente de la república en materia de comercio exterior, mismas que son éticamente injustas (violan los derechos de los agentes económicos involucrados en el comercio exterior), y económicamente ineficaces (aumentan la escasez y disminuyen el bienestar), razones más que suficientes para que se le retiren.

Para empezar conviene aclarar qué es el libre comercio; qué se requiere para que se dé; por qué es éticamente justo; por qué es económicamente eficaz.

Hay libre comercio en los países en los cuales son los consumidores, sin ninguna intervención del gobierno, quienes, comprando o dejando de comprar, determinan la composición (el qué), y el monto (el cuánto), de las importaciones, de tal manera que se importa lo que ellos quieren, en las cantidades que ellos quieren, sin ninguna intromisión gubernamental.

¿De qué manera puede el gobierno intervenir en las importaciones? En primer lugar, prohibiéndolas, prohibición que ocasiona contrabando (que es el camino que la libertad encuentra para darle la vuelta a una prohibición injusta). En segundo lugar, imponiendo cuotas, permitiendo importaciones, pero solo en determinadas cantidades, lo cual también puede causar contrabando. En tercer lugar, gravando las importaciones con aranceles, lo cual también puede dar origen al contrabando, aranceles que pueden imponerse por cinco motivos: proteccionista, recaudatorio, correctivo, vengativo e intimidatorio, mismos que explicaré más adelante.

¿Qué se necesita para que haya libre comercio? Que el gobierno no prohíba, limite o grave importaciones, lo cual quiere decir que el libre comercio no es el resultado de una negociación multilateral entre gobiernos de distintos países (como sí los son los tratados de libre comercio, cuyo resultado es un comercio menos intervenido por los gobiernos, como fue el caso del TLC y como lo es el del T-MEC, pero no el verdadero libre comercio), sino de una decisión unilateral de cada gobierno: no prohibir, limitar o gravar importaciones.

¿Por qué el libre comercio es éticamente justo, siendo justo el respeto a los derechos de los demás? Porque donde hay libre comercio el gobierno respeta el derecho de los agentes económicos a la libertad individual para establecer relaciones comerciales con quienes más les convenga, nacionales o extranjeros, mismas que no violan derechos, razón por la cual no deben prohibirse, limitarse o gravarse.

¿Por qué el libre comercio es económicamente eficaz, siendo eficaz lo que disminuye la escasez y aumenta el bienestar? Porque las importaciones aumentan la oferta de bienes, lo cual ejerce presiones bajistas sobre los precios, y sujetan a los productores nacionales a la disciplina de la competencia, obligándolos a ser más competitivos, a ofrecer a menor precio y/o con mayor calidad y/o con mejor servicio, en beneficio de los consumidores.

El libre comercio es éticamente justo y económicamente eficaz. Cualquier medida que lo limite o impida es lo contrario.

Continuará.