De la autonomía

Estas pueden ser las fuentes de financiamiento del gasto del gobierno: impuestos; deuda; producción de dinero (impresión de billetes y acuñación de monedas); venta de activos (suponiendo que los tenga y pueda venderlos).

Estas deben ser las fuentes de financiamiento del gasto gubernamental: impuestos (fuente ordinaria); deuda (fuente extraordinaria, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones); venta de activos (fuente no recurrente de ingresos).

Esta no debe ser fuente de financiamiento del gasto del gobierno: producción de dinero, que ocasiona inflación, pérdida en el poder adquisitivo del dinero y el trabajo, que viola el derecho al poder adquisitivo íntegro del trabajo y el dinero, parte del derecho al producto íntegro del trabajo.

En México, la producción de dinero, como fuente de financiamiento del gasto gubernamental, está prohibida. Leemos, en el artículo 28 constitucional, que el Estado (el Estado, no el gobierno), “tendrá un banco central, que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración”, y que “ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento”, es decir, producir dinero y dárselo para que lo gaste, práctica conocida, falazmente, como crédito primario del banco central al gobierno federal, y escribo falazmente porque no se trata de un préstamo que el gobierno federal deba devolverle al banco central, intereses incluidos.

El Banco de México es autónomo desde el 1 de abril de 1994. Antes de esa fecha bastaba una orden del secretario de Hacienda al director general del Banco de México (en aquel entonces eran directores generales, no gobernadores como ahora), ordenándole que depositara cien millones de pesos a la cuenta del gobierno federal, para que el banco central tuviera que hacerlo. A esa práctica se le llamaba, mentirosamente,  crédito primario del banco central al gobierno federal.

¿De dónde sacaba el Banco de México los  cien millones de pesos que debía depositar a la cuenta del gobierno federal? Los producía, imprimiendo billetes, ya que no recibía, ni recibe, depósitos de los ahorradores. Por eso se le llama crédito primario, porque procede de la producción primaria de dinero del banco central: impresión de billetes y acuñación de monedas.

(Si hay una producción primaria de dinero, ¿habrá una secundaria? Sí, la que hace posible, de parte de los bancos comerciales, el sistema de reserva fraccionaria, por el cual los bancos mantienen en reserva solo una fracción de sus depósitos, otorgando créditos con el resto, lo que incrementa la cantidad de dinero que se intercambia en la economía, que se usa para demandar bienes y servicios, sin que se produzca físicamente más dinero, algo que parece imposible, pero que no lo es).

Esta práctica, por la cual el poder ejecutivo federal ordenaba al banco central otorgarle financiamiento, ¿daba como resultado un préstamo del segundo al primero, por lo que el primero tenía que devolverle al segundo lo prestado más los intereses? No, el gobierno federal no contraía esa obligación, que de los males hubiera sido el menor. El resultado era un aumento indebido en la cantidad de dinero que se intercambiaba en la economía, que ocasionaba inflación, que violaba el derecho de propiedad sobre el producto íntegro del trabajo, algo injusto.

Continuará.